TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA





BASE LEGAL

El Artículo V, de la Constitución de Puerto Rico, dispone que el Poder Judicial se ejercerá por un Tribunal Supremo y por aquellos otros tribunales establecidos por ley. Según la Sección 7 del Artículo V de la Constitución, el Juez o la Jueza Presidente administra los tribunales con la asistencia de un Director Administrativo quien desempeña su cargo a discreción de dicho magistrado. Se establece, además, que los tribunales de Puerto Rico constituirán un sistema judicial unificado en lo concerniente a jurisdicción, funcionamiento y administración. Asimismo, la Ley 201-2003, según enmendada, conocida como "Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2003", establece el Tribunal General de Justicia, distribuye la competencia entre los distintos tribunales y los lineamientos generales para la administración del Sistema Judicial de Puerto Rico.


MISIÓN

Impartir justicia, resolviendo los casos, controversias y conflictos que se presentan ante su consideración, con independencia, diligencia, sensibilidad e imparcialidad, garantizando los derechos constitucionales y las libertades de las personas.


RECURSOS HUMANOS

Puestos Ocupados y Propuestos 2016 2017 2018 2019
Sept./15 Sept./16 Sept./17 Feb./18 Proy.

 

Cantidad total de puestos 5,280 5,177 5,127 5,029 5,029

Los datos provienen del Informe de Puestos Ocupados certificado por la Agencia al 30 de septiembre de cada año fiscal. El número correspondiente al Año Fiscal 2018-2019 es proyectado durante el proceso presupuestario.

PRESUPUESTO RECOMENDADO PARA EL AÑO FISCAL 2018-2019

El Presupuesto Recomendado considera los principios del Plan Fiscal presentado por el Gobierno de Puerto Rico a la Junta de Supervisión y Administración Financiera (JSF). Además, está basado en la metodología de Presupuesto Base Cero (PBC) conforme a la Política Pública establecida en el Boletín Administrativo Núm. OE-2017-05. El PBC es una metodología presupuestaria y de planeación de política fiscal cuyo objetivo fundamental es alcanzar que no se gaste en exceso de lo que se recauda. De esta manera, se limita el incremento de la deuda pública y se garantiza la utilización de prácticas rentables y responsables, tanto a corto como a largo plazo. Al aplicar la técnica del PBC se contempla evaluar y justificar cada año todos los programas y gastos de los departamentos, agencias o instrumentalidades del Gobierno partiendo de cero, sin tomar en consideración las asignaciones presupuestarias de años anteriores. Así, se logra una reducción en los gastos y se elimina la duplicidad en el ofrecimiento de servicios.

Para el Año Fiscal 2018-2019, el presupuesto consolidado recomendado asciende a $328,561,000. De estos, $315,967,000 provienen de la Resolución Conjunta del Presupuesto General, $594,000 de Fondos Federales y $12,000,000 de Ingresos Propios.

El presupuesto recomendado de la Resolución Conjunta del Presupuesto General incluye, $69,880,000 para los gastos de funcionamiento y $216,839,000 para el pago de Nómina y Costos Relacionados.

Los Fondos Federales provienen de las siguientes subvenciones: "Violence Against Women Formula Grants" y "State Court Improvement Grant". Estas asignaciones permitirán a la Rama Judicial el cumplimiento de estrategias orientadas a la prestación de servicios a las víctimas en casos de violencia doméstica. Igualmente, se continuará agilizando los procedimientos judiciales sin afectar los derechos de las partes en el manejo de los casos de maltrato y negligencia contra menores.

Los Ingresos Propios provienen de dos fuentes de ingresos o recaudos depositados para beneficio de la Rama Judicial. El Fondo Especial de Aranceles se creó por disposición de la Ley 235-1998, enmendada por la Ley 47-2009 y el Fondo Especial de Intereses dispuesto en la Ley 69 de 14 de agosto de 1991.

Con el propósito de garantizar el pago de las pensiones de nuestros retirados, quienes aun cuando representan uno de los sectores más vulnerables de nuestro pueblo corrían el riesgo de perder totalmente el pago de sus pensiones, se incluyen $29,246,000 para el "Pay As You Go", provenientes de la Resolución Conjunta del Presupuesto General.

El Presupuesto Recomendado permitirá el cumplimiento con los deberes ministeriales cónsono con la aplicación de la política pública. Además, considera las recomendaciones del Plan Fiscal presentado a la JSF creada bajo la Ley de Supervisión, Administración, y Estabilidad Económica de Puerto Rico (Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability Act of 2016, en adelante "PROMESA", por sus siglas en inglés), Pub. L. No. 114-187,130 Stat. 2183 (2016).

RESUMEN DE LOS RECURSOS CONSOLIDADOS DE LA AGENCIA

Presupuesto Consolidado  (en miles de dólares) 2016 2017 2018 2019

 

Servicio Directo
Programa
Gastos de Funcionamiento Gasto Gasto Asig. Recom.
Administración del Sistema Judicial 338,909 327,197 318,815 299,313
Subtotal, Gastos de Funcionamiento, Servicio Directo 338,909 327,197 318,815 299,313
 
Pago de Pensiones (Pay As You Go) Gasto Gasto Asig. Recom.
Administración del Sistema Judicial 0 0 0 29,248
Subtotal, Pago de Pensiones (Pay As You Go), Servicio Directo 0 0 0 29,248
 
Total, Servicio Directo 338,909 327,197 318,815 328,561
 
Total, Programa 338,909 327,197 318,815 328,561
 
Origen de Recursos  
Gastos de Funcionamiento  
Resolución Conjunta del Presupuesto General 0 0 286,719 286,719
Asignaciones Especiales 322,967 324,203 6,164 0
Fondos Especiales Estatales 15,338 0 25,338 0
Fondos Federales 604 460 594 594
Ingresos Propios 0 2,534 0 12,000
Subtotal, Gastos de Funcionamiento 338,909 327,197 318,815 299,313
 
Pago de Pensiones (Pay As You Go)  
Resolución Conjunta del Presupuesto General 0 0 0 29,248
Subtotal, Pago de Pensiones (Pay As You Go) 0 0 0 29,248
Total, Origen de Recursos 338,909 327,197 318,815 328,561
 
Concepto  
Gastos de Funcionamiento de la RC del Fondo General  
Nómina y Costos Relacionados 0 0 216,839 216,839
Facilidades y Pagos por Servicios Públicos 0 0 14,205 14,205
Servicios Comprados 0 0 49,724 49,724
Gastos de Transportación 0 0 468 468
Otros Gastos Operacionales 0 0 791 791
Asignaciones Englobadas 0 0 2,975 2,975
Compra de Equipo 0 0 753 753
Materiales y Suministros 0 0 755 755
Anuncios y Pautas en Medios 0 0 209 209
Subtotal, Gastos de Funcionamiento de la RC del Fondo General 0 0 286,719 286,719
 
Pago de Pensiones (Pay As You Go) de la RC del Fondo General  
Pay As You Go 0 0 0 29,248
Subtotal, Pago de Pensiones (Pay As You Go) de la RC del Fondo General 0 0 0 29,248
 
Total de la RC del Fondo General 0 0 286,719 315,967
 
 
Gastos de Funcionamiento de la AE del Fondo General  
Nómina y Costos Relacionados 235,633 236,454 0 0
Facilidades y Pagos por Servicios Públicos 10,514 2,192 0 0
Servicios Comprados 33,939 442 0 0
Donativos, Subsidios y Distribuciones 36,720 85,115 0 0
Gastos de Transportación 284 0 0 0
Servicios Profesionales 1,720 0 0 0
Otros Gastos Operacionales 1,200 0 6,164 0
Asignaciones Englobadas 3 0 0 0
Compra de Equipo 1,668 0 0 0
Materiales y Suministros 1,272 0 0 0
Anuncios y Pautas en Medios 14 0 0 0
Subtotal, Gastos de Funcionamiento de la AE del Fondo General 322,967 324,203 6,164 0
 
Total de la AE del Fondo General 322,967 324,203 6,164 0
 
Total del Fondo General 322,967 324,203 292,883 315,967
 
 
Gastos de Funcionamiento de otros recursos  
Nómina y Costos Relacionados 1,553 254 95 95
Servicios Comprados 962 1,573 25,338 12,000
Gastos de Transportación 14 33 14 14
Servicios Profesionales 10,490 852 438 438
Otros Gastos Operacionales 2,085 90 35 35
Compra de Equipo 791 166 2 2
Materiales y Suministros 47 26 10 10
Subtotal, Gastos de Funcionamiento de otros recursos 15,942 2,994 25,932 12,594
Total, Concepto 338,909 327,197 318,815 328,561


PROGRAMA DE SERVICIO DIRECTO

Administración del Sistema Judicial

Descripción del Programa

El Poder Judicial de Puerto Rico tiene la función de resolver los casos y las controversias en que se requiera su intervención. En el ejercicio de dicha tarea, el Tribunal Supremo de Puerto Rico constituye el último intérprete de la Constitución de Puerto Rico y de las leyes.

Clientela

Individuo o persona jurídica que tenga una controversia civil o criminal en la jurisdicción del Gobierno de Puerto Rico.