COMISIÓN DE DERECHOS CIVILES.


BASE LEGAL

La Ley Núm. 102 de 28 de junio de 1965, según enmendada, crea la Comisión de Derechos Civiles. Mediante la Ley 186-1996, según enmendada, se adscribe dicha Comisión a la Rama Legislativa.

MISIÓN

Educar y proteger los derechos civiles fundamentales de todos los puertorriqueños y otras personas residentes en Puerto Rico.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

  • Oficina de Educación
  • Oficina de los Comisionados
  • Oficina de Querellas e Investigaciones
  • Oficina del Director Ejecutivo
  • Oficina Legal

PROGRAMA

Educación y Orientación sobre los Derechos Civiles

Descripción del Programa

Tiene la función de educar sobre el significado de los derechos fundamentales y los medios de respetarlos, protegerlos y enaltecerlos. Para lograrlo, ofrece a diferentes sectores de la población: seminarios, adiestramientos, charlas, conferencias, congresos, tertulias y actividades afines, a través de toda la Isla. Además, ofrece orientación legal a las personas que alegan violaciones a sus derechos civiles y se les sugieren cursos de acción. Asimismo, efectúa estudios e investigaciones sobre estas quejas o querellas. También, asesora al Poder Ejecutivo y Legislativo sobre la situación de los derechos civiles del País y colabora con entidades gubernamentales y de la sociedad civil en la protección de los derechos fundamentales. Por otro lado, conforme a la Ley 186-1996, participa en procesos judiciales en calidad de "amicus curiae".

Datos Estadísticos 2011 2012 2013

 

Actividades educativas 55 46 75
Querellas atendidas 463 516 1,000

Los datos estadísticos son información provista por la Agencia durante el proceso presupuestario del año fiscal 2012-2013.


Clientela

Todo el pueblo puertorriqueño (Público en general)


PRESUPUESTO APROBADO PARA EL AÑO FISCAL 2012-2013

El presupuesto consolidado aprobado para el año fiscal 2012-2013 asciende a $1,193,000, proveniente de la Resolución Conjunta del Presupuesto General. Estos recursos permitirán que la Comisión sufrague sus gastos operacionales y cumpla con las facultades y deberes que se disponen en su Ley Orgánica, la cual le autoriza a realizar estudios, investigaciones y a hacer recomendaciones.

La Ley Núm. 186-1996, según enmendada, adscribió la Comisión a la Asamblea Legislativa para fines presupuestarios. Conforme a la Ley Num. 147 de 18 de junio de 1980, conocida como "Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto", la Asamblea Legislativa está exenta de someter la petición presupuestaria. La misma establece que el Gobernador incluirá un presupuesto igual al vigente para sus gastos ordinarios y de funcionamiento.


RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DE LA AGENCIA

Presupuesto Consolidado  (en miles de dólares) 2010 2011 2012 2013

 

Programa  
Gastos de Funcionamiento Gasto Gasto Asig. Asig.
Educación y Orientación sobre los Derechos Civiles 1,193 1,193 1,193 1,193
Subtotal, Gastos de Funcionamiento 1,193 1,193 1,193 1,193
Total, Programa 1,193 1,193 1,193 1,193
 
Origen de Recursos  
Gastos de Funcionamiento  
Resolución Conjunta del Presupuesto General 1,193 1,193 1,193 1,193
Subtotal, Gastos de Funcionamiento 1,193 1,193 1,193 1,193
Total, Origen de Recursos 1,193 1,193 1,193 1,193
 
Concepto  
Gastos de Funcionamiento  
Nómina y Costos Relacionados 620 590 596 596
Facilidades y Pagos por Servicios Públicos 25 25 25 26
Servicios Comprados 205 235 232 231
Gastos de Transportación 19 19 19 19
Servicios Profesionales 192 192 190 190
Otros Gastos Operacionales 91 91 90 90
Compra de Equipo 9 9 9 9
Materiales y Suministros 30 30 30 30
Anuncios y Pautas en Medios 2 2 2 2
Subtotal, Gastos de Funcionamiento 1,193 1,193 1,193 1,193
Total, Concepto 1,193 1,193 1,193 1,193